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Rubén Casafús
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FIDE Master.... El Partido de Vicente Lopez es parte de la Jurisdiccion de FANOBA Acorde al accionar transparente que caracteriza a la Federacion de Ajedrez del Norte de Buenos Aires (FANOBA), basado en la firme conviccion de que las Asociaciones Civiles no tienen por que esconder lo que hacen o dejan de hacer; y tomando en cuenta que Internet es el medio masivo de comunicacion mas economico al que puede recurrir una Asociacion Civil sin fines de lucro; a continuacion pongo al alcance de todos los representantes de FANOBA en particular, y de los ajedrecistas en general, la siguiente informacion acerca del curso de los acontecimientos relacionados con la defensa de los legitimos derechos de Jurisdiccion de la Federacion de Ajedrez del Norte de Buenos Aires:
Lunes
28 de octubre del 2002
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FIDE Master Member of FIDE Chess Computer Committee Presidente de FANOBA . Carta Documento Nº 002205024AR de FANOBA a la FADA Buenos Aires, 17 de Septiembre del 2002 Sr. Presidente de
la Federacion Argentina de Ajedrez,
Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en mi caracter de Presidente de la Federacion de Ajedrez del Norte de Buenos Aires, Asociacion Civil con Personeria Juridica Nº 5942, declarada Entidad de Bien Publico del Partido de Vicente Lopez mediante el decreto Nº 149 del 13 de enero de 1989, en cumplimiento de lo resuelto por la Honorable Comision Directiva de la Federacion de Ajedrez del Norte de Buenos Aires, en la reunion del dia sabado 17 de agosto del año 2002, para exponerle y requerirle lo siguiente: 1. La Federacion Argentina de Ajedrez, mediante su Resolucion Nº 1/99, de fecha 21 de abril de 1999, publicada en el Boletin Oficial Nº 3, de Julio de 1999, afilio a la Federacion de Ajedrez de Vicente Lopez, dandole jurisdiccion sobre el Partido de Vicente Lopez. Dicho Partido, acorde a Derecho, era parte de la Jurisdiccion de la Federacion de Ajedrez del Norte de Buenos Aires. 2. La Federacion Argentina de Ajedrez, mediante el punto Tercero de la parte dispositiva de su Resolucion Nº 6/99, de fecha 10 de junio de 1999, publicada en el Boletin Oficial Nº 3, de Julio de 1999, le cerceno el Partido de Vicente Lopez a la Jurisdiccion de la Federacion de Ajedrez del Norte de Buenos Aires, avasallando asi derechos legalmente adquiridos. 3. En su Resolucion N° 1/99, y en el punto Tercero de la parte dispositiva de su Resolucion Nº 6/99, la Federacion Argentina de Ajedrez excedio de manera manifiesta y arbitraria los limites que le imponia la Resolución de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Ciudad de Buenos Aires, Sala "A", del 27.8.98, Nro. 201.668, en la seccion "Se Resuelve", inciso VI. 4. Debido a lo anteriormente expuesto, la Resolucion N° 1/99, y el punto Tercero de la parte dispositiva de la Resolucion Nº 6/99, de la Federacion Argentina de Ajedrez, en lo que a los puntos mencionados anteriormente respecta, son ilegales, y por ende sus efectos y consecuencias son nulos de absoluta nulidad, debiendo retrotraerse la situacion a su estado anterior. 5. Por todo lo antes expuesto, y como parte del curso de accion a seguir en defensa de sus legitimos derechos, la Federacion de Ajedrez del Norte de Buenos Aires le solicita a la Federacion Argentina de Ajedrez:
. Presidente de F.A.NO.B.A. , , |
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RESPUESTA
DE LA FADA A FANOBA
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