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EDITORIALES
El padron de la FADA
AJEDRECHESS
Rubén Casafús
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Leyes del Ajedrez

Rubén Casafús
FIDE Master....

La publicacion del Padron electoral de la Federacion Argentina de Ajedrez, segun parece, suele generar resistencias.
Tal vez, ello este relacionado con que del mismo depende la cantidad de votos que tienen las Instituciones afiliadas con derecho a votar en las Asambleas.

Derecho constitucional a la Informacion

Un claro ejemplo de los inconvenientes mencionados se dio, segun una alta fuente, cuando en una ocasion el Presidente de una Institucion afiliada llamo por telefono a la FADA para pedir el Padron, y quien lo atendio le pregunto para que lo queria.

A pesar de lo improcedente de la pregunta, (ya que las Entidades afiliadas tambien gozan del Derecho a la Informacion, sustentado por la Constitucion de la Republica Argentina), el Presidente que habia llamado, un hombre de bien, acostumbrado a decir las cosas de frente, le contesto al dirigente pregunton que queria conseguir el Padron de la FADA para compartir la informacion con otro dirigente.

El miembro de la FADA le respondio:  Decile a ese que no moleste.

Un mes antes de no se sabe cuando

En el ambito de la FADA sostienen que el Padron electoral lo daran a publicidad un mes antes de las elecciones.

Vale la pena tomar en cuenta varios datos para hacer un analisis pormenorizado de las cuestiones referentes al Padron electoral de la FADA:

El padron segun el Estatuto

El Estatuto de la FADA dice al respecto en su seccion "Deberes de las entidades afiliadas", Art. 14º, inciso G:
  • "Declarar antes del 31 de marzo de cada año, las modificaciones producidas en el número de instituciones afiliadas y jugadores registrados;"
Esto, de manera contundente, establece que toda la informacion que compone el Padron esta en manos de la FADA a lo sumo el 31 de marzo de cada año, y luego no se le pueden hacer cambios de ninguna indole, ya que afectarian la cantidad de votos que cada Institucion tendria.
La unica variacion posible estaria dada por si las Instituciones estan en mora o no, ya que para votar deben estar al dia con tesoreria.

Fecha de la Asamblea eleccionaria segun el Estatuto

Ademas, el estatuto de la FADA en el Art. 18º de su Titulo IV, "Asamblea", dice:
  • "La Asamblea General Ordinaria se reunirá una vez al año, dentro de los noventa (90) días de cerrado el ejercicio..."
Si tomamos en cuenta que en el Art. 53º del Titulo XVI, "Disposiciones Generales", el Estatuto de la FADA dice:
  • "El ejercicio de la FADA comenzará el 1º de Agosto de cada año y terminará el 31 de julio del siguiente."
Llegaremos facilmente a la conclusion de que la Asamblea General Ordinaria de la FADA debio haberse realizado a lo sumo el 31 de octubre del 2001.
En dicha Asamblea debieron elegirse el Presidente de la FADA, y las demas autoridades, ya que se elige por lista completa.

Entonces, si acaso existiese algun reglamento que tratase el tema de que debe hacerse publico el Padron electoral de la FADA un mes antes de las elecciones, estaria muy claro que debieron haberlo publicado a lo sumo el 30 de septiembre del 2001, ya que el que no hayan hecho las elecciones en tiempo y forma, de lo cual seria bueno que explicasen el porque ademas de mostrar la autorizacion escrita de la Inspeccion General de Justicia para cambiar la fecha, de ninguna manera habilitaria a la FADA a no cumplir las resoluciones tomadas de acuerdo al Estatuto.

Si no existe reglamentacion alguna con respecto a cuando hacer publico el Padron, es obvio que la FADA no tendria ningun motivo para eludir la publicacion del Padron electoral que se constituye en base a la informacion que las afiliadas dan a lo sumo el 31 de marzo de cada año.

El Padron segun la FMDA

Vale la pena ahondar en esta cuestion, muy especialmente tomando en cuenta informacion relacionada con la Intervencion de la FADA, el Fallo Judicial que la decreto, y las acciones de la Federacion Metropolitana de Ajedrez (FMDA) tendientes a lograr dicha Intervencion.

Es fundamental considerar la siguiente informacion como parte de un todo, ya que demostrara de manera incontrastable lo que hasta no hace mucho opinaba la conduccion de la FMDA con respecto al Padron electoral de la FADA.  En aquel momento el Presidente de FMDA era el actual Presidente de la FADA, estando entre el resto de las autoridades de FMDA de aquel tiempo su actual Presidente, que tambien es Prosecretario de la FADA, ademas de otros  viejos conocidos.

El siguiente parrafo esta tomado del Fallo Judicial que decreto la Intervencion de la FADA en el año 1998:

  • A fs. 1/3 y 65 de dicha causa, la "Federación Metropolitana de Ajedrez"  pidió nuevamente la intervención de la "F.A.D.A." impugnando expresamente el padrón..."

El Interventor

En 1998 fue designado como Interventor el Dr. Pascual Pontoriero, que como algunos recordaran declaro en un Reportaje de 1999 que yo le hice:
  • "Aunque sabia un poco acerca de los juicios de la FMDA a la FADA, ya que el Dr. Jorge Capaccioli, que fue alumno mio en el Instituto Superior de Administracion y Gestion Deportiva, alguna vez me hizo una consulta informal sobre dicha causa."
Recordemos que el Dr. J.Capaccioli, ademas de ser el asesor letrado de la FMDA, muy probablemente era el segundo en la cadena de mando.

El Padron segun el Interventor

El Interventor, en una carta del 21 de agosto de 1999 dirigida al entonces Presidente de FMDA, y actual Presidente de la FADA, dispensandole un trato que distaba del que tenia para otros dirigentes, (como puede verse en la Primer carta a R. Bittel y en la Segunda carta a R.Bittel enviadas hacia la misma epoca), le decia al Presidente de la FMDA:
  • "Conforme a lo dispuesto por el obsoleto y perverso mecanismo eleccionario del estatuto vigente..."
Y mas adelante sostenia:
  • "A la fecha de este informe, cualquier elección caería en los mismos vicios en los cuales cayeron las que, por mediación de los recursos planteados por la FMDA, fueron declaradas nulas."

¿Preguntas sin respuesta?

Todos los datos considerados anteriormente nos llevan a preguntarnos:

Los que tanto antes como ahora mandan en FMDA, y ahora en la FADA tambien gracias a los juicios en los que pedian la Intervencion de la FADA, y que ganaron basados en acusaciones referentes a temas centrales, como el Padron electoral de la FADA,

  • ¿Porque ahora que son FADA no facilitan el Padron, haciendo publica una informacion que ya data del 31 de marzo, y que, legalmente, no podria ser alterada o cambiada antes de las elecciones?
Si el Interventor opinaba que los mecanismos eleccionarios establecidos por el estatuto de la FADA eran obsoletos y perversos, y siendo que hablaba a favor de quienes ganaron los juicios mencionados cuando opinaba como lo hacia,
  • ¿Porque el mencionado grupo de poder que logro, mediante juicios, que se decretara la Intervencion de la FADA en 1998, no ha cambiado el mecanismo eleccionario?
Si en 1999, con el obsoleto y perverso estatuto, las elecciones habrian caido en los mismos vicios denunciados por la FMDA para conseguir la Intervencion,
  • ¿Porque ahora, con el mismo estatuto, las elecciones no tendrian vicios?  El que la FADA se niegue a dar a publicidad el Padron electoral podria generar sospechas acerca de las motivaciones.

El Fallo Judicial

El Fallo Judicial mencionado tambien decia:
  • "El argumento de la "F.A.D.A." (v. fs. 151/7), fundado en que la asamblea es soberana, no resiste el análisis, pues, como es obvio, dicha fuerza, en rigor de verdad, debería corresponderse con un proceder regular y arreglado a derecho.

  • De lo contrario, no cabe dar razón a las decisiones que se adopten en el marco de una reunión convocada de modo irregular, sin el debido respaldo en padrones aprobados por la entidad de contralor que, a la postre, puedan generar deficiencias en el cómputo de los votos y por tanto, en la auténtica representatividad de las asociaciones que nuclea dicha entidad."
Si las decisiones de la Asamblea de la FADA no son validas si no se corresponden con un proceder regular y arreglado a derecho,
  • ¿Es necesario explicar que las mismas disposiciones podrian aplicarse a la Junta Directiva?
Vale la pena releer lo que el Fallo Judicial decia con respecto a un tema que ahora, curiosamente, esta de nuevo en primera plana:
    "Ciertamente no cabe intromisión alguna en el derecho de toda persona jurídica a la imposición de sanciones a sus miembros, claro está, con el  único requisito de que tal prerrogativa se ejerza en el marco de la  legalidad y sin que semejante determinación traduzca, de parte de las autoridades de la entidad, un ejercicio abusivo o arbitrario de sus facultades reglamentarias y estatutarias."
 
.

El Padron electoral

Solo me resta mencionar que, segun fuentes bien informadas, alguien cercano a la FADA habria tomado prestada una copia actualizada del Padron para darsela a su candidato favorito.

La copia comenzo a difundirse, hasta que hoy, una fuente reservada me hizo llegar algunos datos basicos, los cuales de ninguna manera constituyen una copia certificada y completa del Padron electoral de la FADA, pero a juzgar por las fuentes mencionadas, y por el hecho de que es el Padron en el que se estarian basando otros candidatos, es bastante verosimil que los datos a continuacion sean veraces.

Es muy importante que tomen en cuenta que la separacion de las Instituciones de acuerdo a su posible intencion de voto, responde pura y exclusivamente a mi informacion, y a la evaluacion que hago de la misma.
 
INSTITUCION VOTOS OFICIALISTA OPOSITORA NO SE
Federacion Metropolitana
17
SI
Fed. del Oeste del Gran Bs.As.
11
SI
Fed. del Norte de Buenos Aires
6
SI
Asociacion Provinca de Cordoba
4
SI
Asociacion Rosarina
4
 
SI
Asociación Tandilense
4
SI
Federacion de Mendoza
4
SI
Federacion Chaqueña
3
SI
Federacion de Entre Rios
3
SI
Federacion de Rafaela
3
SI
Fed. del Sur del Gran Bs. As.
3
SI
Federacion de Neuquen
2
SI
Federacion de Olavarria
2
SI
Federacion Prov. de Cordoba
2
SI
Federacion Santafesina
2
SI
Federacion de Formosa
2
SI
TOTALES
72
26
28
18
 

Domingo 19 de noviembre del 2001..
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Rubén Casafús
FIDE Master
Member of FIDE Chess Computer Committee
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RUBEN CASAFUS
Maestro de la Federacion Internacional de Ajedrez (FIDE)
Presidente de la Federacion de Ajedrez 
del Norte de Buenos Aires

VicePresidente de la Federacion Argentina de Ajedrez
Copyright© (1998-2004) Rubén Casafús (FIDE Master)
Todoslos derechos reservados
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